Desde Comisaría 24 trabajan en conjunto con la organización, para adaptarse a la reglamentación vigente.

El fin de semana se realizaron las carreras de caballos en el Club Hípico y, a diferencia de encuentros anteriores, en esta oportunidad no hubo venta de bebidas alcohólicas. Esto conforme lo que establece el código de faltas, en el marco de la nueva contravencional, en el artículo 71.

Desde Comisaría 24 indicaron que han mantenido reuniones con la Comisión del Club Hípico y la intención es que la comunidad se vaya adaptando a este nuevo Código Contravencional.

El proyecto de ley pretende, según el Gobierno, «fomentar una convivencia más armónica y pacífica basada en valores de solidaridad y respeto».

El artículo 71 dice: Prohibición de suministro, venta o guarda de bebidas alcohólicas. El que, en todo lugar donde se realicen espectáculos públicos o deportivos, efectuare o facilitare el expendio, suministro, venta o guarda de bebidas alcohólicas dentro del recinto donde se desarrolla el espectáculo o en un radio de quinientos (500) metros alrededor del mismo, entre cuatro (4) horas previas a la iniciación del evento a desarrollarse y cuatro (4) horas después de su finalización, será sancionado con multa de quinientas (500) U.F. hasta un mil (1.000) U.F. o arresto desde cinco (5) días hasta diez (10) días.

La sanción prevista en el párrafo anterior llevará como accesoria la clausura del establecimiento en el que la infracción se hubiere cometido, de quince (15) días hasta treinta (30) días corridos y la inhabilitación por el mismo lapso de la licencia de la autoridad competente, que habilite al infractor para ejercer la actividad comercial en función de la cual fue sancionado.

Los dirigentes o miembros de comisiones directivas, que faciliten la contravención prevista en el párrafo primero, serán sancionados con el doble de la sanción prevista en el mencionado párrafo.

Exceptúanse de lo dispuesto en el presente artículo los eventos que estén autorizados a tal fin por autoridad competente.

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