Anteriormente, se reunió con los vecinos y, con el asesoramiento del abogado, armaron un despacho.

Hace unos días, ante ediles y medios de comunicación, los vecinos de la Colonia Hípica realizaron graves denuncias sobre diversas irregularidades que estaban sucediendo en su barrio. A raíz de estas denuncias, el Honorable Concejo Deliberante confeccionó un despacho y organizó una sesión especial para tratar dichas problemáticas.

“Que entre los argumentos respaldatorios de su nota, se pueden destacar: quita de terrenos a vecinos cortando sus fuentes de trabajo; amenazas con corte de suministro de energía eléctrica; cobros de aranceles por conexión informal a los servicios de agua y luz y por cartelería señalética de calles sin entregar recibos oficiales ni pasar por rentas y sin prestar los servicios cobrados por parte de la Sra. Marcela Ibáñez; amenaza de cortes de terreno a cambio de actas de tenencia; incumplimiento de la Ley 27.453 de Barrios Populares y su modificatoria  Ley 27694/2022.-”, destaca en primera instancia el documento.

Por otro lado, el mismo da cuenta que se solicita la intervención del Honorable Cuerpo ante los puntos solicitados, “adjuntando recibos por entrega de dinero, y que según el decir de los vecinos, habrían sido percibos por la Sra. Marcela Ibañez.- Que el art. 105 inc. 14 de la Ley 1.079 dispone en cuanto a las atribuciones y deberes del Intendente: Hacer recaudar las contribuciones y rentas municipales y decretar su inversión con sujeción a las Ordenanzas y presupuesto vigente.-”.

Este documento también apela a la Ley 27.453 de RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL PARA LA INTEGRACIÓN SOCIO URBANA, que declara en su art. 1ª que:  «Declárase de interés público el régimen de integración socio urbana de los Barrios Populares identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP) creado por decreto 358/2017. Entiéndase por “Barrio Popular” a aquel con las características definidas en el capítulo XI del decreto 2670 del 1° de diciembre de 2015», para posteriormente en su Artículo 2º disponer: «Con el objeto de proceder a su integración urbana, declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, la totalidad de los bienes inmuebles en los que se asientan los Barrios Populares relevados en el RENABAP, cuya identificación se agrega como anexo, conforme lo establece el artículo 5° de la ley 21.499».-

Por último, en el despacho se resolvió solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, copia del Decreto de designación respecto a la Sra. Marcela Ibáñez; se exigió se informe si la Sra. Marcela Ibáñez se encuentra autorizada a percibir dinero en representación de la misma, como así también enviar documentación que acredite el ingreso del mismo al patrimonio municipal a través de la Dirección de Rentas, los gastos realizados y el monto total de los mismos. Se solicitó además al Departamento Ejecutivo Municipal envié la siguiente documentación: copia del listado del relevamiento de ocupantes del Barrio Popular Colonia Hípica e inscriptos en el Registro creado a tal efecto; copia certificada del trabajo de topografía realizado en el Barrio Popular Colonia Hípica; copia del Proyecto de regularización dominial sobre el Barrio Popular Colonia Hípica; acuerdos celebrados con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y/o a la Agencia de Administración de Bienes del Estado sobre la regularización dominial que se establece la Ley 27.453  y su modificatoria  Ley 27694/2022.

Sobre todos los puntos a investigar, se puso en conocimiento tanto a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Mendoza como así también al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza.

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